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A propósito de las vacunas experimentales

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Este artículo está inspirado en la supuesta vacunación obligatoria contra el Covid/19 dispuesta mediante decreto del Ejecutivo, según el Ministro de Salud, para los funcionarios públicos; no obstante, sin tener siquiera su divulgación en la Gaceta Oficial del Estado, lo que hace inexistente dicha orden o decreto en el mundo jurídico. Es decir, el delito imprudente omisivo, culposo, no excluye la responsabilidad penal a quienes como garantes no están cumpliendo con dichas funciones vacunando, a diestras y a siniestras, a los funcionarios
públicos. Veamos:
La Corte Suprema de Justicia de Panamá, en ocasión de la Acción de Habeas Corpus que para el año del 2011 presenté a favor de GUILLERMO PUGA, el dirigente sindical y directivo de la Caja de Seguro Social, mediante Sentencia de 22 de Agosto de 2011, dictaminó lo siguiente: Tal como se aprecia de las normas que regulan la estructura organizacional de la Caja de Seguro Social, las facultades que se asignan a la Junta Directiva de dicha institución son de carácter general, y de su evaluación integral se observa que no colocan al procesado GUILLERMO PUGA RODRÍGUEZ, como Director de dicha Junta Directiva, en una condición de garante respecto a las actividades y acciones realizadas y ejecutadas en el Laboratorio de Producción de Medicamentos y en las estructuras de la Caja de Seguro Social relacionadas con dichas actividades. Nótese que la teoría del caso del Fiscal expone una situación de descuido por parte de la más alta estructura jerárquica de la Caja de Seguro Social, esto es la Junta Directiva. No obstante, la sola existencia de estas dificultades Administrativas de carácter institucional no constituyen base suficiente para deducir de estos factores y circunstancias, indicios graves de responsabilidad penal, cuando la Ley y la realidad organizativa imperante en la Caja de Seguro Social atribuyen claramente a otros círculos o niveles jerárquicos, deberes próximos, especiales e inmediatos en relación con el manejo y funcionamiento de los Laboratorios de Producción de Medicamentos y Control de Calidad de esa institución del Estado; (Sentencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de 22 de agosto de 2011).
También, en Sentencia de 29 de Junio del año 2007, el Pleno de la Corte expuso: Con arreglo a los lineamientos citados es claro que para la estructuración del tipo penal omisivo y su correspondiente imputación, es necesario identificar un sujeto activo calificado al cual, sin perder de vista la situación especifica que se analiza, se le atribuya la posición de garante que permita deducir, a partir de esa condición, un deber jurídico concreto y especial de actuación y vigilancia ante una determinada fuente de riesgo, que, al no haberse realizado, hace que este garante tenga que responder penalmente por el resultado con exclusión de otros posibles sujetos activos.
Por ello, debemos concluir que el cuidado necesario en el trato social, resulta el aspecto central del injusto del delito culposo y el nexo de antijuridicidad entre un comportamiento del que se desprende un riesgo y el resultado. Por ello, sostenemos que, en su gran mayoría, la doctrina penal, vigente, entiende que las categorías dogmáticas no deben establecerse sobre la base de criterios pre jurídicos por lo que tanto en los delitos dolosos como culposos la norma sobre la que se construye el tipo penal no se dirige a todo tipo de acciones sino solamente a aquellas que sobrepasan el riesgo permitido. La conducta típica tiene, entonces, como presupuesto obligado, la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado.
La llamada posición de garante, clave en la doctrina de los tipos penales imprudentes, sostiene que al autor de una omisión sólo se le puede tener como tal y atribuirle la conducta si pudiendo evitar el resultado y estando obligado por una norma jurídica a ello, no lo evita.
La atribución o imputación sería, al final de cuentas: No evitar lo evitable. Dentro de las funciones del garante se encuentra que el evitar forme parte del rol a cumplir. Y el concepto de “rol” ha sido desarrollado, ampliamente, por la teoría de a imputación objetiva, así integrada y reconocida en nuestro Código Penal de 2007 en el Artículo 26, como aporte del suscrito y del Doctor JOSE RIGOBEETO ACEVEDO, quien en la mesa de debates y discusiones del proyecto, como miembros e l Comisión Codificadora, secundó y avaló, junto al Dr. Wilfredo Sáenz, la propuesta.
De manera tal que adquiere singular importancia el concepto del riesgo permitido: Quien lleva a cabo una conducta dentro del riesgo permitido, lo hace permaneciendo dentro de su rol. Sin embargo, quien no hace nada que contradiga su rol, tampoco defrauda ninguna expectativa. Zaffaroni lo precisa del siguiente modo: “Solo pueden ser autores de conductas típicas de omisión impropia quienes se hallan en posición de garante, es decir, en una posición al respecto del sujeto pasivo que les obligue a garantizar especialmente la conservación, reparación o restauración del bien jurídico penalmente tutelado. Por posición de garante no debe entenderse cualquier cumplimiento de una obligación jurídica que hubiese evitado el resultado, sino un especial deber de garantía”.

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Estudiantes de los colegios de Capira y Chame afectados por leptospirosis podrían volver a clases esta semana

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Los estudiantes del Instituto Profesional y Técnico de Capira (IPTC) y del colegio Harmodio Arias Madrid de Chame podrían retomar las clases presenciales esta semana.
Esta podría concretarse siempre y cuando se cumplan las medidas sanitarias del Ministerio de Salud y una limpieza general de los planteles.
Se conoció que este martes habrá una inspección por parte del personal de Salud y del Ministerio de Educación (Meduca) en el Colegio de Chame, para verificar si el plantel ya está apto o no para que  los estudiantes y docentes regresen a clase ya que por el momento, se encuentran activos mediante módulos.
Adriano Pérez, director regional de Panamá Oeste, explicó  que ya se hizo la limpieza general en el colegio; solamente  falta sacar los agroquímicos porque eso debe llevarlo a cabo una empresa especializada en eso.
En las próximas horas estarán sacando todo lo que hay en la escuela.
Israel Cedeño, epidemiólogo del Minsa, indicó que este caso es diferente debido a que se están presentando más síntomas que no son los más usuales, y destacó además que se han registrado síntomas gastrointestinales.
Señaló que normalmente la leptospirosis da síntomas muy parecidos a la influenza: fiebre, malestar general, dolor de cabeza, escalofríos, la diarrea; el análisis del vómito también se puede dar, sin embargo, no son las principales.
De acuerdo con el último reporte epidemiológico del país hasta el 5 de abril ya van 24 casos de leptospirosis. 
Además, recordemos que cuatro estudiantes están confirmados y aún se espera el resultado de una veintena de estudiantes que habría presentado síntomas. 

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Subcomisión de la Asamblea analiza reforma a la Ley de Adopciones

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Ciudad de Panamá, Panamá/La subcomisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional, presidida por la diputada Graciela Hernández, llevó a cabo el análisis del Proyecto de Ley 140, que busca modificar la Ley 46 de 2013, General de Adopciones de la República de Panamá.

El proyecto, previamente objetado por el Órgano Ejecutivo, fue remitido a esta subcomisión con el objetivo de revisar sus disposiciones de manera técnica y detallada.

Durante la sesión, las diputadas Graciela Hernández, Patsy Lee y Paulette Thomas acordaron la conformación de una mesa técnica, que se reunirá el próximo jueves para revisar y proponer las modificaciones necesarias a la normativa vigente.

El objetivo principal es hacer más eficiente el proceso de adopción, con el bienestar del niño como eje central de las reformas.

“Si ellos logran definir todos los artículos de la ley, es posible que podamos introducirlo a primer debate antes del 30 de abril” explicó la diputada Hernández.

Asimismo, destacó la urgencia de actualizar el marco legal que rige las adopciones en el país, con miras a hacer los procesos más ágiles, transparentes y efectivos, y garantizar respuestas oportunas para los menores que esperan ser integrados a una familia.

Con esta reforma, las autoridades buscan fortalecer el sistema de protección de la niñez en Panamá, garantizando que cada niño y niña tenga la oportunidad de crecer en un entorno seguro, estable y lleno de amor.

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CSS fortalece la detección temprana de enfermedades en recién nacidos con nueva tecnología

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Ciudad de Panamá, Panamá/La Caja de Seguro Social (CSS) ha dado un importante paso en la modernización del diagnóstico neonatal en Panamá, al expandir su Programa de Tamizaje Neonatal e incorporar tecnología de última generación que permite detectar tempranamente una amplia gama de afecciones en recién nacidos.

Gracias a esta iniciativa, ahora es posible realizar 26 tipos de pruebas especializadas un incremento significativo frente a las siete que se realizaban anteriormente, lo que coloca a Panamá a la vanguardia en la región en materia de salud pediátrica preventiva.

Estas pruebas permiten identificar enfermedades metabólicas, hormonales y genéticas en los primeros días de vida del bebé. Entre los nuevos diagnósticos posibles se incluyen errores innatos del metabolismo, trastornos hormonales y problemas en la oxidación de ácidos grasos, condiciones que podrían pasar desapercibidas sin un análisis temprano.

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Este avance es posible gracias a la incorporación del Espectrómetro de Masas en Tándem, un equipo de alta tecnología capaz de detectar múltiples trastornos a partir de una sola gota de sangre.

“El verdadero impacto está en el paciente. Con esta nueva tecnología, podemos iniciar tratamientos antes de que aparezcan los síntomas, lo que se traduce en niños con mejor calidad de vida y familias que evitan el sufrimiento de enfrentar enfermedades graves que pudieron prevenirse” destacó Silvia Flores, tecnóloga médica del Centro Especializado de Genética Médica y Genómica de la Ciudad de la Salud.

La prueba, conocida como “el tamizaje del talón”, se realiza entre las 48 y 72 horas después del nacimiento. Con la expansión del programa, las muestras recolectadas en centros de salud de áreas como la ciudad de Panamá, Chepo, San Miguelito, La Chorrera y San Carlos se trasladan a la Ciudad de la Salud para su análisis.

El nuevo equipo tiene capacidad para procesar hasta 400 muestras mensuales y realizar análisis de hasta 60 enfermedades, lo que reduce considerablemente el tiempo de espera y permite una respuesta más oportuna para iniciar tratamientos.

Autoridades de la CSS recalcaron la importancia de que las madres acudan a sus policlínicas o centros hospitalarios más cercanos para realizar esta prueba a sus bebés.

Este esfuerzo se enmarca en el cumplimiento de la Ley 329 del 11 de octubre de 2022, que establece la obligatoriedad de realizar tamizajes neonatales en todas las instalaciones de salud, tanto públicas como privadas, y da pie a la creación del Programa Nacional de Tamizajes Neonatales.

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