Nacionales

Presupuestos de la Corte Suprema y procuradurías serán intocables

Publicado

el

Tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional artículos de la ley del Presupuesto General del Estado para 2021, lo relevante del mismo es que el Ministerio de Economía y Finanzas no podrá modificar los presupuestos de la Administración de Justicia.
Esta es la interpretación del fallo que realizaron los demandantes Juan Carlos Araúz y Carlos Lee, quienes explicaron que con la decisión del Pleno de la Corte, se hace respetar el Artículo 214 de la Constitución.
Este reza que “la Corte Suprema de Justicia y el Procurador General de la Nación formularán los respectivos presupuestos del Órgano Judicial y del Ministerio Público y los remitirán oportunamente al Órgano Ejecutivo para su inclusión en el proyecto de Presupuesto General”.
Araúz, quien preside el Colegio Nacional de Abogados, advirtió que si, de ahora en adelante, no se respeta lo antes señalado, se caería en una extralimitación de funciones, lo que es catalogado como delito.
El abogado aclaró que esto no significa que el Judicial y las procuradurías podrán presentar presupuestos elevados, sino que cabe la responsabilidad y transparencia para que incluyan necesidades reales y urgentes para el sistema de justicia.
Entre estas mencionó la deuda en la creación de juzgados y tribunales, precisamente, por la falta de presupuesto, que se ha acumulado a lo largo de décadas.

Tendencias

Salir de la versión móvil