Nacionales
Proyecto de ley evitaría la persecución política en Panamá con denuncias falsas
De convertirse en ley de la República, el proyecto legislativo 195 evitaría que se repitan en el futuro situaciones como las denunciadas en el Gobierno de Juan Carlos Varela sobre la creación de casos penales basados en “denuncias y testimonios de mala fe”.
El pasado 13 de enero, la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de ley que establece medidas de protección para los ciudadanos que denuncien delitos contra la administración pública.
Sin embargo, así como busca proteger a quienes denuncien actos de corrupción de funcionarios públicos, también intenta evitar que se registren “abusos de poder” con denuncias penales falsas, como se asegura sucedió en la gestión de Varela.
Abogados y afectados por esta conducta aseguran que en la administración de Varela la denominada “Procuraduría Paralela”, el Consejo de Seguridad Nacional y el Ministerio Público se confabularon para “fabricar” procesos penales a adversarios políticos del varelismo.
En su artículo 8, el proyecto señala: “La persona que maliciosamente otorgue información o testimonio; y atribuyese falsamente la comisión de hechos ilícitos, con conocimiento de la falsedad de sus afirmaciones, deberá ser sancionada con lo dispuesto en el artículo 135 del Código Penal por el delito de falso testimonio y deberá indemnizar al afectado. A su vez, no contará con las medidas de protección contenidas en la presente ley”.
Mientras que el artículo 9 establece: “Toda persona que mediante cualquier tipo de coacción disuada a otra de presentar denuncia, testimonio o querella, incurrirá en el delito de abuso de autoridad”.
El documento establece que toda persona que denuncie un acto de corrupción pública gozará de las medidas de protección básicas contempladas en el Código Procesal Penal, otorgada por la autoridad competente y previa confirmación de que la información aportada es relevante y proporcionada de buena fe.
La iniciativa protege la denuncia y los testimonios anónimos a través de la reserva de su identidad durante y después del proceso penal en el participe derivado de su revelación.
VEA TAMBIÉN: Gremios magisteriales consideran que Decreto Ejecutivo que establece el calendario escolar para el 2021 es confuso
No obstante, no aplican para este beneficio las personas que denuncien o aporten información sobre un caso por el que ya haya sido o esté siendo procesado y quien dé información violentando derechos fundamentales.
Y todo el que aporte información sensitiva sobre un acto de corrupción podrá reclamar una recompensa que ascienda hasta el 25% del total de bienes que recupere el Estado.
Sin embargo, el monto de la recompensa dependerá de la efectividad y valor de la información aportada y certificada por la autoridad competente.
No podrán optar por la recompensa quienes sean parientes de la autoridad competente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Además, debe colaborar con las autoridades en todas las etapas de la investigación que se realiza.