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Se abre debate, ¿quién debe revocar el mandato?
Si bien la revocatoria de mandato no es un tema nuevo en Panamá, el debate está abierto y se exige una propuesta que solucione las dudas y permita que sea el electorado quien destituya a los funcionarios de elección popular que son electos para ejercer un trabajo.
Los planteamientos de diversos coinciden en que si un funcionario electo no cumple con las funciones para las que fue electo, reincide en errores que le cuestan al erario público, hay malversación de fondos o cae en actos de corrupción, simple y sencillamente debe ser la población que lo puso allí quien lo debe despedir.
La Constitución Política de Panamá contempla la revocatoria de mandato, para los diversos cargos en excepción del presidente de la República.
En el caso de los diputados se establece que son los partidos políticos los que deben impulsar ese proceso de revocatoria, y no el electorado.
Para los representantes y alcaldes se permite la opción que sea la ciudadanía la que mediante un mecanismo bastante engorroso y extenso pueda solicitar al Tribunal Electoral la revocatoria de mandato.
Un ejemplo claro de que tan engorroso es este proceso está la solicitud hecha por el abogado Roberto Ruiz de que se le revoque el mandato al alcalde de la ciudad capital, José Luis Fábrega.
La solicitud del jurista fue aceptada, no obstante la parte afectada, en este caso Fábrega apeló la admisión. Ahora el Tribunal Electoral en un periodo de 15 días debe resolver y plantear si continúa el proceso o se detiene.
En caso que los magistrados del Tribunal Electoral decidan que sigue el proceso, las partes interesadas en la revocatoria deberán recoger unas 200 mil firmas, luego de ellos esas firmas serán validadas y luego se convocaría a un referéndum donde votaría ele electorado de la ciudad capital y por mayoría simple se lograría revocarle el mandato.
El abogado Roberto Ruiz es un creyente que debe ser la población quien revoque el mandato a los funcionarios de elección popular, siempre y cuando estos no hayan cumplido para lo que fueron electos.
En ese sentido, el politólogo Richard Morales, considera que esta figura de revocatoria de mandado no ha sido efectiva en Panamá; y ello se debe a que se han establecido una serie de requisitos que vuelve técnicamente imposible cumplir todo ese proceso.
“Aquí han armado por ley un blindaje a los funcionarios electos que se hace imposible revocarles el mandato”.
Y es que desde que se inició la denominada “era democrática” en Panamá solo se ha logrado una revocatoria de mandato y fue la del exdiputado Mario Miller, en ese entonces miembro del PRD. Esa revocatoria se le aplicó porque fue descubierto en un hecho ilegal que se le pudo comprobar de inmediato, aunque después Miller denunció que todo se trató de una trampa que le hizo el expresidente Ernesto Pérez Balladares.
Según Morales, incluso el proceso de expulsar y revocarle el mandato a un diputado dentro de los partidos políticos es muy restrictivo. “Así que terminamos con funcionarios electos blindados que tranquilamente es imposible removerlos durante sus periodos de gestión”, indica.
El experto en Ciencias Políticas considera que todos los cargos de elección popular deberían estar sujetos a una revocatoria de mandato, y que sea directamente por la ciudadanía, es decir que no haga falta pasar por los partidos políticos.
“Todos funcionario que no cumple con sus responsabilidades debe ser removido por la población que fue que lo puso en el cargo”, señala Morales.
El analista político, Danilo Toro coincide con Richard Morales y Roberto Ruiz, al plantear que todos los puestos de elección popular deben estar expuesto al escrutinio público y de ser necesario se les aplique la revocatoria de mandato.
“El pueblo debe tener siempre el poder de elegir y de botar al que ha elegido”, manifiesta Danilo Toro.
Agrega: “No puede ser que el pueblo se condene así mismo nombrando a gente que después no cumple el trabajo para el cual ha sido contratado, y no lo pueda botar por lo tanto debe existir revocatoria de mandato”.
“A mi criterio es una contradicción con la democracia negarle la facultad al electorado de despedir al que haya sido contratado para representarlo y no cumplió”, relata.
Nuestras leyes y la Constitución deben establecer claramente que todo lo que sea sujeto de elección popular debe pasar por el proceso de poder ser revocado o despedido sino cumple con las expectativas, considera Toro, quien indica que esa es una facultad soberana de la población.
“No soy partidario que fuistes nombrado y no se puede liberar de eso, tiene que haber la posibilidad”, destaca.
Recuerda que en este tema los sistemas parlamentarios llevan una ventaja, porque basta con mociones de censura para quitar todo un gobierno o un ministro. Y bastan mecanismos de investigación bastante regulares para quitar a un diputado o un senador, mientras que en Panamá eso es un lío.
Al igual que Richard Morales, Danilo Toro observa que hay una serie de posiciones que se crean como escudo para proteger a la persona que ha sido elegida y que han incumplido sus deberes y la ley
“El sistema está hecho para ser impune, el sistema está hecho para proteger la impunidad esa es una de las razones por la que siempre he creído en cambios constitucionales.
Recientemente en la Asamblea Nacional, la mayoría de los diputados incluyeron el artículo 438-A, señala que “las decisiones que se tomen aprobadas por la mayoría de los diputados de la fracción parlamentaria a la cual pertenecen, no podrán ser utilizadas por los partidos políticos como causal de revocatoria de mandato, ni de expulsión de los diputados, inscritos o no en el partido político por el cual fueron postulados”.
La mayoría de los diputados manifestó argumentos a favor de la inclusión del artículo 438-A, señalando que solo el pueblo podría exigirles la revocatoria de mandato y no la directiva de un partido político, no obstante hay sectores que plantean que este artículo es inconstitucional.
Sin dudas las opiniones y planteamientos demuestra que la revocatoria de mandato es un tema que se tiene que plasmar de forma clara en la Constitución y las leyes, permitiendo a quien elige que despida al funcionario electo que no cumple o comete actos de corrupción.